Son las cotizaciones que todo afiliado a una AFP está obligado a efectuar y equivalen al
10% de las remuneraciones o rentas imponibles, con un tope de 70,3 UF.
Si eres mujer menor de 60 años u hombre menor de 65, debes cotizar obligatoriamente:
El 10% de la remuneración y renta imponible.
Una cotización adicional, fijada por cada Administradora, destinada al financiamiento de Administración, que en caso de AFP Modelo es de 0,77%.
1,26%, para la cobertura del seguro de invalidez y sobrevivencia.
(A contar de la remuneración de Julio de 2011, esta cotización es de cargo del empleador).
7% destinado a financiar las prestaciones de salud que se cotizan directamente en Fonasa o Isapre.
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